El Reglamento europeo EU 517/2014, asignó a cada productor-importador europeo de gases refrigerantes una cuota de producto, medida en PCA (potencial de calentamiento atmosférico). Sus siglas en inglés son GWP “Global Warming Potential”. Cuanto mayor es el potencial de calentamiento atmosférico de un gas, mayor es la cantidad de toneladas equivalentes de CO2 que representa un 1Kg de refrigerante y por tanto menos refrigerante puede suministrar.
Los fabricantes europeos y americanos, tienen las cuotas más altas de estos F-gases, y las empresas importadoras de refrigerantes de fuera de la UE la tienen muy baja para atender la demanda de sus clientes. A esto se añade que este año ha habido dificultades técnicas y medioambientales en China, y que escasea la Fluorita, sustancia necesaria para la producción de los gases HFC. Esta situación afecta a todos ya que tanto materias primas como las mezclas son importadas desde China. Esto genera dificultad en conseguir algunas mezclas y en un constante aumento de precios.
A partir de 2018, el reglamento de gases fluorados, (EU 517/2014) establece recortes masivos en las cantidades disponibles de gases HFC en la Europa. Este año las cuotas del mercado Europeo experimentarán un nuevo recorte, esta vez del 37% más un 11% por nuevas incorporaciones. Esto marcarán un antes y un después en la disponibilidad y precio de los gases refrigerantes fluorados.
En el gráfico se muestran los porcentajes relativos a la reducción de cuotas en cada período y en la tabla podemos ver a título orientativo lo que supone la reducción para este año 2018.
Instaladores y usuarios debemos tomar decisiones y buscar alternativos con menor PCA ya. Los productos de mayor PCA como los R-404A y R-507A están llamados a desaparecer ya que resultan insostenibles medio ambientalmente y por tanto económicamente. El precio de R404A se ha incrementado en mas de 500% desde principios de 2017.
La Asociación Europea para la Energía y el Medio Ambiente (EPPE), ha realizado una comunicación muy interesante sobre porque es urgente actuar y dejar de instalar los refrigerantes R-404A y R-507A.
Para incentivar más el cambio de refrigerantes a partir del 1 de septiembre de este año se modificará el impuesto especial que afecta a los gases HFC. El tipo impositivo estará será el resultado de aplicar el coeficiente 0,015 al potencial de calentamiento atmosférico que corresponda a cada gas fluorado, con el máximo de 100€ por kilogramo. En el caso de refrigerantes reciclados y regenerados al impuesto correspondiente a los productos vírgenes se les aplicará una reducción del 50%.
Los refrigerantes con un PCA igual o inferior a 150 no están sujetos a este impuesto. Si una mezcla de gases tiene un PCA superior a 150, los refrigerantes que los compongan aunque no superen el PCA de 150, si estarán sujetos al impuesto en la proporción en que participen en el preparado.
No todos los refrigerantes de hoy disponen de un sustituto directo de menor PCA y algunos de los alternativos pertenecen al grupo de los L2 cuyos usos y aplicaciones quedan restringidas a la espera de la aprobación y publicación de un nuevo reglamento de seguridad en instalaciones frigorificas que permita un uso más amplio para los nuevos gases. Entre estos gases se encuentra el R-32
El R-32 es un nuevo refrigerante que está despertando mucho interés en el sector gracias a su alto grado de eficiencia energética y a su bajo potencial de calentamiento atmosférico. El gas R410A, introducido durante la pasada década gracias al Protocolo de Montreal cuyo objetivo era el de eliminar el uso de los gases refrigerantes que atacan a la capa de ozono como el R22, tiene la cualidad de no ser tóxico y, por ello, es el más utilizado en aires acondicionado comerciales y domésticos. El R-32 puede reducir el consumo energético en un 10% y su PCA es un 30% inferior si lo comparamos con los equipos que utilizan el R-22 o R-419.
El R32 tiene 0% de impacto en la capa de ozono, tiene mayor eficiencia energética, usa un 30% menos de cantidad de refrigerante y tiene un 75% menos impacto en el calentamiento global.
Sin embargo, debido a sus propiedades físicas, el R-32 es un refrigerante que el actual reglamento de instalaciones frigoríficas califica como media inflamabilidad (LA2). Esto significa que mientras no se modifique el actual reglamento tanto la empresa instaladora como el usuario final deberán cumplir con obligaciones adicionales debido a la mayor inflamabilidad de este gas. Ya existen marcas de primera línea comercializando equipos con el nuevo gas R32. Tan pronto se produzca cualquier modificación reglamentaria se informará.